OSFEM presenta resultados a cuentas publicas 2020 del OPDAPAS Chicoloapan. Aumento de deuda a corto plazo y montos con observaciones ascienden a 16,616.6 (miles de pesos)

Saludos.

Una vez que ya revisamos el resultado emitido por OSFEM sobre las cuentas publicas del Gobierno de Nancy Gómez, durante 2020, y hemos observado las irregularidades reportadas, así como lo reportado en DIF Chicoloapan, vamos al examinar lo que dicen sobre el OPDAPAS Chicoloapan, que en aquel entonces era dirigido por Bolívar Barrera.

Las observaciones que hizo OSFEM son las siguientes:

osfem vs ng opdapas

 No logró racaudar lo estimado. (Se entiende que por los efectos económicos de la pandemia se dieron estos resultados)

 En los ingresos de gestión, la Entidad Municipal programó recaudar 68,658.9 miles de pesos, y no realizó modificaciones a la Ley de Ingresos Estimada.
Del comparativo realizado, se identificó que la Entidad Municipal no cumplió con la recaudación total de los ingresos de gestión, y tuvo un faltante de 7.4 por ciento en 12 cuentas, principalmente, en el rubro de “Suministro de agua potable”, por un monto de 11,492.9 miles de pesos.

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Hicieron Sobreejercicio por  2,583.7 miles de pesos

De los 10 proyectos presupuestados por la Entidad Municipal, al realizar el análisis detallado, en 6 de ellos se identificó un sobreejercicio por 2,583.7 miles de pesos; estos proyectos fueron ejecutados por las dependencias generales de A00 Dirección General, B00 Finanzas y Administración, C00 Unidad Técnica de Operación y D00 Unidad Jurídica.
Derivado de lo anterior, no cumplió con lo establecido en los artículos 8 y 13 fracción I de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios (LDFEFM) y 305 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

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También incongruencia en información financiera y administrativa de los bienes muebles

Los saldos de la información financiera y administrativa de los bienes muebles no coinciden, ya que se detectó una diferencia por 13,985.4 miles de pesos, debido a que la Entidad Municipal no presentó una conciliación físico-contable de sus bienes en las cuentas 1241 “Mobiliario y equipo de administración”, 1244 “Vehículos y equipo de transporte” y 1246 “Maquinaria, otros equipos y herramientas”.
En lo que respecta a los bienes inmuebles, los saldos de la información financiera y administrativa coinciden.
Derivado de lo anterior, la Entidad Municipal no cumplió con lo establecido en el artículo 27 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental

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 Del comparativo realizado a los movimientos de bienes muebles registrados en la Balanza de Comprobación y en los Reportes de Altas y Bajas de Bienes Muebles, se identificó que los importes no coinciden.
En lo que respecta a los movimientos de bienes inmuebles registrados en la Balanza de Comprobación y en los Reportes de Altas y Bajas de Bienes Inmuebles, se identificó que los importes coinciden.
En razón de lo anterior, la Entidad Municipal no cumplió con lo establecido en los artículos 23 y 25 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.


 Aumento a deuda de corto plazo

 La deuda a corto plazo de la Entidad Municipal aumentó un 5.0 por ciento de 2018 a 2019; también aumentó un 8.8 por ciento para el Ejercicio 2020.
El aumento de la deuda a corto plazo se explica con el incremento, principalmente, en las siguientes cuentas contables: “Otras cuentas por pagar” con el 16.6 por ciento y “Retenciones y contribuciones por pagar” con el 0.6 por ciento.

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 inadecuada planeación entre el recurso ejercido y las metas realizadas

 De los 192 proyectos autorizados en la estructura programática, la Entidad Municipal ejerció recursos en 10 proyectos, destinados a 6 dependencias generales.
Se identificó una inadecuada planeación entre el recurso ejercido y las metas realizadas por las dependencias generales en el Ejercicio Fiscal, principalmente en C00 Unidad Técnica de Operación, A00 Dirección General y B00 Finanzas y Administración
Por lo anterior, la Entidad Municipal no cumplió con lo establecido en los artículos 287, 307 y 312 fracción IV del Código Financiero del Estado de México y Municipios, y 20 fracción IV de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios.

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La Entidad Municipal presentó un ingreso recaudado menor al egreso ejercido por 935.8 miles de pesos, con un cumplimiento de metas del 63.7 por ciento.
Así mismo, los programas 01030101 “Conducción de las políticas generales de gobierno”, 01050202 “Fortalecimiento de los ingresos”, y 02020301 “Manejo eficiente y sustentable del agua” presentaron un cumplimiento de metas del 75.0, 64.2 y 33.8 por ciento, respectivamente, de acuerdo a lo programado; es decir, que la ejecución de metas fue menor a lo programado.
Por lo anterior, la Entidad Municipal no cumplió con lo establecido en el artículo 7, 20 fracción IV de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios; 312 fracción IV del Código Financiero del Estado de México y Municipios y 1.2 Marco Conceptual, 3 Elaboración del Presupuesto Especialidad del Manual para la Planeación, Programación y Presupuesto de Egresos Municipal para el Ejercicio Fiscal 2020.


 Contrataron demasiados Servicios personales

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 En materia de servicios personales, la Entidad Municipal rebasó el 2.0 por ciento establecido para la asignación de recursos aprobados en su Presupuesto de Egresos, al tener un 11.5 por ciento aplicado.
Por lo que se determinó que excedió en un 9.5 por ciento el límite establecido; en consecuencia, no cumplió con lo señalado en el artículo 10 de la LDFEFM.


Adeudos a ISSEMYM

De acuerdo con la información presentada por la CAEM y el ISSEMYM, se identificó que la Entidad Municipal presentó adeudos por un importe de 9,651.6 miles de pesos al Ejercicio 2020.


Opacidad en Contabilidad

La Entidad Municipal no cumplió con lo establecido en los Títulos Cuarto y Quinto de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

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Nómina. Opacidad en sueldos

Derivado de la revisión a la nómina general de la Entidad Municipal correspondiente al mes de octubre de 2020, se identificó un total de 174 servidores públicos en funciones; se revisaron los sueldos mensuales brutos y se identificó que el más alto fue de 34,125.1 pesos y el más bajo de 3,750.0 pesos, es importante comentar que en junio a Bolívar Barrera Rodríguez se le designo una gratificación y compensación, por lo cual refleja un sueldo mayor.

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La Entidad Municipal no publicó la información financiera referente al artículo 92, fracción VIII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, por lo que no se pudo verificar que el sueldo de los servidores públicos reportado en el CFDI emitido por la Entidad Municipal corresponda a lo publicado en la página de Información pública de oficio de los Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios
(IPOMEX).
Por lo anterior, la Entidad Municipal no cumplió con lo establecido en el artículo 92 fracción VIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, lo que contraviene el principio de rendición de cuentas.


 Monto con observaciones asciende a $16,616.6 (Miles de pesos)

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Fuente: http://www.osfem.gob.mx/informes/resultados/2020.html#tres

http://www.osfem.gob.mx/informes/resultados/2020/Municipal/PDF/Libro06.pdf

 

 

 

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