- Se considerará como causa de nulidad cuando se cause a la persona contrayente o a parientes en línea recta.
- Podrá solicitarse cuando persista la violencia en el matrimonio o en cualquier momento previo.
19 de Septiembre 2023. El Congreso mexiquense aprobó por unanimidad reformas al Código Civil de la entidad para ampliar los criterios para la nulidad matrimonial en casos de violencia, con lo que la persona contrayente podrá solicitarla cuando la violencia subsista al tiempo de celebrarse el matrimonio o en cualquier momento previo, y contará con un plazo de hasta un año para ello.
También se considerará la violencia como causa de nulidad del matrimonio cuando se cause al contrayente, a sus parientes en línea recta sin limitación de grado, o sus colaterales dentro del segundo grado. Cuando la violencia subsista al momento de demandar la nulidad, la persona juzgadora dictará de forma oficiosa las medidas de protección contra la violencia familiar, informó la diputada Viridiana Fuentes Cruz, integrante del grupo parlamentario del PRD que impulsó la reforma.