Propone GP PRD ampliar supuestos de legítima defensa

dip legitima defensa

8 Diciembre 2023. El grupo parlamentario del PRD en el Congreso local propuso reformas al Código Penal del Estado de México para ampliar los supuestos de la legítima defensa, así como las circunstancias que excluyen del delito y la responsabilidad penal a fin de dar a la ciudadanía la certeza de que, si se defiende, no será criminalizada.

De acuerdo con la iniciativa expuesta por la diputada Viridiana Fuentes Cruz, ante el auge de la criminalidad es urgente tomar medidas concretas para salvaguardar el tejido social.

Por ello, plantea que, salvo prueba en contrario, se considerará como legítima defensa cuando la persona (agente) advierta que un intruso trate de penetrar o haya penetrado sin derecho al hogar, al de su familia, o sus dependencias o a los de cualquier persona que tenga la obligación de defender, así como al sitio donde se encuentren bienes propios o ajenos, respecto de los que exista la misma obligación.

Además, cuando por medio de asechanzas, conductas de acoso, intimidaciones, amagos u otras análogas el atacante acorrale al agente en un sitio que por sus características le impida retirarse libremente, pedir auxilio o repeler la agresión sin herir al atacante.

También, cuando el atacante trate de privar de su libertad al agente o la haya privado de la misma; y cuando el atacante se encuentre armado con un arma de fuego, punzocortante o química, o concurra superioridad numérica de los atacantes con respecto al o los agentes.

Propone que no habrá exceso de legítima defensa cuando concurran circunstancias donde el agente se encuentre en un estado de confusión, miedo o terror que afecte su capacidad para delimitar la racionalidad de los hechos cometidos siempre y cuando estas circunstancias sean provocadas dolosamente por el agresor.

Conforme a la propuesta, remitida a dictamen de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, en el marco de la violencia machista que sufren las mujeres en el país, especialmente en la entidad, la figura de la legitima defensa debe establecerse como un instrumento de auto defensa, con un enfoque pro víctima, puesto que criminalizar y vincular a una persona que sólo protege sus bienes jurídicos de un agresor es también una forma de revictimización de la cual el Estado es directamente responsable

Fuente: https://legislativoedomex.gob.mx/boletin/3b62364c-eb4f-4dd8-9d32-4e05e62efb6c

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