Gobierno de Chicoloapan ha recibido 285 solicitudes de información vía transparencia de enero a Julio 2022. En 62 ocasiones el pleno de INFOEM ha intervenido ante falta de una respuesta satisfactoria del ayuntamiento

Saludos.

De acuerdo con datos del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (INFOEM) de enero a Julio 2022, el Gobierno de Chicoloapan ha recibido 285 solicitudes de información vía transparencia.

transparencia gobchic

En 62 ocasiones el pleno del INFOEM ha tenido que intervenir ante la falta de una respuesta por parte del Gobierno de Nancy Gómez.

A continuación te compartimos fragmentos de algunos casos, extraídos de la lista que difunde públicamente el INFOEM.

Recurso de Revisión. 5306/INFOEM/IP/RR/2022

Información solicitada:

Monto de las percepciones mensuales del presidente (a) municipal, síndico (a) y regidores del ayuntamiento, además del tesorero (desglosado por sueldo bruto, gratificaciones, bonos, primas, deducciones, sueldo neto). Copia del talón de pago o recibo de pago al presidente o presidenta municipal.” (Sic)

 

Sobre la respuesta del Gobierno de Chicoloapan

…se advierte que el Ayuntamiento de Chicoloapan, omitió dar respuesta a las solicitudes de información, por lo que se configura la negativa ficta a entregar información, prevista en los artículos 166, párrafo cuarto y 178, párrafo segundo, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios.

La resolución del INFOEM

Se ORDENA al Ente Recurrido, a efecto de que dé trámite a la solicitud de acceso a la información con número 00059/CHICOLOA/IP/2022 y, a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), dé la respuesta que conforme a derecho corresponda.


Recurso de Revisión. 05277/INFOEM/IP/RR/2022

Información solicitada:

“comprobantes de pago en versión publica, de todos los trabajadores de la administración publica municipal” (Sic)

“el periodo solicitado es a partir del 1ero de enero del 2022 a la fecha.” (Sic)

Sobre la respuesta del Gobierno de Chicoloapan

 De las constancias que obran en el SAIMEX, se advierte que EL SUJETO OBLIGADO no entregó la respuesta a la solicitud de Información Pública del particular.

El vecino expresa lo siguiente:

sinrespuesta trarnsparencia

 

Sobre la resolución del INFOEM

 Se ORDENA al SUJETO OBLIGADO atienda la Solicitud de Acceso a la Información Pública que dio origen al Recurso Revisión número 05277/INFOEM/IP/RR/2022, vía SAIMEX


Recurso de Revisión. 06221/INFOEM/IP/RR/2021

Información solicitada:

Nombre, cargo, versión pública del recibo de pago correspondiente a la primera quincena del mes de septiembre de 2021 y fotografía de cada uno de los servidores públicos que integran el área de desarrollo urbano, empezando desde su titular, subdirector, jefes, enlaces, interinos, honorarios, eventuales, sindicalizados y demás que integren la plantilla. Asimismo requiero los nombres, currículum vitae, el comprobante oficial del último grado de estudios y en digital por ambos lados y legible las credenciales de los servidores públicos responsables de hacer verificaciones de campo respecto de aquellas obras en proceso de construcción (se pide la credencial por ambos lados a efecto de tener la certeza de que es vigente, está firmada y sellada por el área responsable, esto, atendiendo al principio de máxima publicidad ya que estos muchachitos se engolocinan con las mochadas). (Sic)

Sobre la respuesta del Gobierno de Chicoloapan

Impugno la respuesta del sujeto obligado ya que atiende parcialmente la solicitud, por ejemplo, falta el reverso de las credenciales, diversos documentos no son visibles, se ha detectado que no son todos los servidores públicos que integran esa unidad administrativa, por lo tanto, faltan servidores públicos adscritos al área de mérito, faltan fotografías.

En el documento se anexa el curriculum que enviaron al vecino, completamente ilegible

curriculum borroso

Al respecto INFOEM dice

Este Instituto Garante, le concede la razón al motivo de inconformidad que hizo valer a través de la interposición del presente Recurso de Revisión, esto, toda vez que el Sujeto Obligado hizo entrega de la información que usted requirió de manera incompleta, en virtud que este Instituto pudo determinar que de manera enunciativa más no limitativa, hizo falta el pronunciamiento correspondiente al servidor público que ostenta el cargo de coordinador G, dentro del área que solicitó, además, como lo señaló, diversas documentales se encuentran ilegibles, y, finalmente, el anverso de las identificaciones de los notificadores, supervisores y ejecutores, no se le puso a disposición, por ello, es que se modifico la respuesta brindada a su solicitud de información y se ordenó hacer entrega de lo faltante.

Sobre la resolución del INFOEM

Se ORDENA al Ayuntamiento de Chicoloapan, a efecto de que, previa búsqueda exhaustiva y razonable, entregue a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en su caso en versión pública, respecto de todos los servidores públicos adscritos a la Dirección y/o Coordinación de Desarrollo Urbano, lo siguiente:

1. Recibos de nómina de la primera quincena de septiembre de dos mil veintiuno.
2. Curriculum Vitae y Comprobante de último grado de estudios, de los servidores públicos en funciones a la fecha de la solicitud y que se entregaron ilegibles y faltantes, de acuerdo con lo señalado en el Considerando Quinto.
3. Reverso de las credenciales de los notificadores, supervisores y ejecutores, exhibidas en respuesta, de tal forma que se puedan identificar o relacionar con el anverso.

 


Recurso de Revisión. 05285/INFOEM/ICR-75/IP/RR/2021 y acumulado

Se refiere el equipo privado que ocupa de manera exclusiva el campo empastado de San José, el equipo es impulsado por el grupo que esta detrás de la presidenta Nancy Gómez, desde su llegada el Deportivo se llenó de publicidad sin que se tenga una mejora en el espacio.

{facebook}https://www.facebook.com/NancyGomezChicoloapan/videos/3715835188539692/{/facebook}

 halcones negros ng

Información solicitada:

• 00188/CHICOLOA/IP/2021:
“Sea tan amable de informar y desglosar las cantidades de dinero, sus conceptos, y forma de entrega que el Municipio de Chicoloapan ha entregado al equipo de futbol de tercera división Halcones Negros F.C., durante el año 2021 y los que estén comprometidos en el futuro. Adicionando la documentación que lo acredite.”

• 00189/CHICOLOA/IP/2021:

“Sea tan amable de informar los contratos, convenios y permisos vigentes y anteriores que se hayan establecido u otorgado por el Municipio de Chicoloapan con el equipo de futbol y/o club deportivo Halcones Negros F.C.. Adjuntando la documentación que avale la información otorgada.”

Sobre la respuesta del Gobierno de Chicoloapan

 Una vez que feneció el plazo para dar respuesta a la solicitud de información, el sujeto obligado no dió respuesta a la solicitud de información.” (sic)

El vecino expresó:

“No resulta lógico, motivado ni fundado que la respuesta del sujeto obligado provenga de la Directora General del Instituto Municipal de Cultura Física y Deportes de Chicoloapan, toda vez que del Estudio y resolución del recurso de revisión 05285/INFOEM/IP/RR/2021 y acumulado, resultan de observancia los artículos 87 fracción II y 95 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y el artículo 54, inciso A), fracción VII del Bando Municipal y Buen Gobierno 2021, y que en esta virtud, se acredita que dentro de las distintas dependencias que integran la administración pública municipal del Sujeto Obligado se encuentra la Tesorería Municipal, que se encarga del registro financiero de los ingresos y egresos de su hacienda municipal, en esa virtud, pudiera ser el área que dentro de sus archivos tenga registro de los montos entregados al equipo de futbol referido en la solicitud de información, es decir, de la resolución del recurso de revisión en comento se acredita que la Tesorería Municipal es la dependencia que debería tener la información que he solicitado, y en lugar de tener una respuesta de dicha dependencia municipal, se entrega una respuesta por parte del IMCUFIDE en la cual informa que no cuenta con alguna información sobre recursos económicos, lo cual es lógico ya que el sujeto obligado quizá por desconocimiento no malintencionado solicitó la información a una dependencia incorrecta, por ese motivo solicito se entregue la información solicitada, haciendo una búsqueda exhaustiva teniendo como prioridad la información que aporte la Tesorería Municipal del municipio de Chicoloapan respecto a; “informar y desglosar las cantidades de dinero, sus conceptos, y forma de entrega que el Municipio de Chicoloapan ha entregado al equipo de futbol de tercera división Halcones Negros F.C., durante el año 2021 y los que estén comprometidos en el futuro, adicionando la documentación que lo acredite”, y respecto a; “informar los contratos, convenios y permisos vigentes y anteriores que se hayan establecido u otorgado por el Municipio de Chicoloapan con el equipo de futbol y/o club deportivo Halcones Negros F.C.. Adjuntando la documentación que avale la información otorgada”, se desprende de la respuesta otorgada por el sujeto obligado que; “La única relación que existe de ésta institución hacia dicho equipo es que ocupan los deportivos del municipio para realizar sus actividades”, lo cual controvierte por no aclarar ni fundamentar y/o motivar en dicha respuesta los límites, alcances, vigencias y prestaciones a la que están sujetas dichas ocupaciones toda vez que el equipo Halcones Negros F.C. es un ente privado y el uso que haga de instalaciones públicas debe estar regulados, más aún que respecto a éste punto es importante señalar que dicho equipo de futbol tiene a su exclusiva disponibilidad la “Unidad Deportiva San José” el cual es un inmueble de propiedad municipal y el cual se encuentra rotulado con vista al interior y exterior con los logotipos, lonas y fotografías del equipo Halcones Negros FC y de ahí radica la importancia de que sea aclarado bajo qué fundamento legal se está realizando dicho uso. Por todo lo anterior se solicita que el sujeto obligado otorgue la información documental solicitada de manera completa y apropiada más aún que ya se ha acreditado en la respuesta del sujeto obligado que si hay un uso de instalaciones municipales por dicho equipo de futbol.”

Sobre la resolución del INFOEM

 Se ORDENA al Sujeto Obligado, en términos del considerando CUARTO de esta resolución, previa búsqueda exhaustiva y razonable en todas las unidades administrativas competentes, entregue a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), de ser procedente en versión pública, el soporte documental que dé cuenta de lo siguiente:

1. Cantidades de dinero, sus conceptos, y forma de entrega hechas al equipo de futbol de tercera división Halcones Negros F.C., durante el año 2021 y los que estén comprometidos en el futuro;
2. Los contratos, convenios y permisos vigentes y anteriores que se hayan establecido u otorgado por el Municipio con el equipo de futbol y/o club deportivo Halcones Negros F.C., hasta el día cinco de octubre de dos mil veintiuno.


Puedes consultar más casos en: https://www.infoem.org.mx/es/node/806/


 Recuerda que como ciudadano tienes todo el derecho a preguntar, para ello visita https://saimex.org.mx/saimex/ciudadano/login.page

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