Toluca de Lerdo, México, 16 de junio de 2019 COMUNICADO DE PRENSA No. 0835
AUTORIDADES ESTATALES Y MUNICIPALES DEBERÁN COORDINARSE PARA CREAR BANCOS DE ALIMENTOS
A partir del 12 de junio pasado, la entidad cuenta con un nuevo instrumento legal para combatir el hambre que afecta a los sectores más desprotegidos y que se encuentran en condiciones de pobreza que les impide satisfacer sus necesidades alimentarias: la Ley para la Recuperación y Aprovechamiento de Alimentos del Estado de México, que faculta al Estado a formular, aplicar y evaluar los mecanismos de coordinación para que, junto con las autoridades municipales, promuevan la creación de bancos de alimentos.
Conforme al decreto 45 publicado en la Gaceta de Gobierno en la fecha citada, un banco de alimentos es la organización constituida con la finalidad de recuperar los excedentes de alimentos que son desechados para almacenarlos, preservarlos en buenas condiciones de calidad e higiene y distribuirlos a las personas en estado vulnerable y sin acceso a los productos de la canasta básica.