Comunicado de Prensa No. 2589
Toluca de Lerdo, México, 15 de diciembre de 2020
Quienes se nieguen a dar información al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM), realicen actos de simulación, entreguen información falsa, entorpezcan u obstaculicen su actividad fiscalizadora serán acreedores a multas de 100 a 150 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que podrían duplicarse o triplicarse para alcanzar mil 500 veces el valor diario de la UMA (equivalentes a más de 130 mil pesos).
Las multas aplicarán para las y los servidores públicos, así como para cualquier entidad, persona física o jurídico-colectiva, pública o privada, fideicomiso, mandato o fondo, o cualquier otra figura jurídica que reciba o ejerza recursos públicos, señalan las reformas a la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, aprobadas por el Congreso mexiquense, a propuesta del diputado Gerardo Ulloa Pérez, en nombre del grupo parlamentario de Morena.
El dictamen, leído por el diputado proponente, especifica que los sujetos mencionados deben proporcionar la información y documentación que solicite el OSFEM para efectos de sus auditorías e investigaciones, de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes y sin perjuicio de la competencia de otras autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero.
En caso de que los servidores públicos y las personas físicas y jurídico-colectivas, públicas o privadas aporten información falsa, serán sancionados conforme a lo previsto por las leyes aplicables, y quienes no brinden información o realicen actos de simulación para entorpecer y obstaculizar la actividad fiscalizadora serán sancionados en los términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.
Con la iniciativa se reforma el párrafo segundo de la fracción XIX del artículo 8 y la fracción II del artículo 59; se adicionan tres párrafos a la fracción XIX del artículo 8, y se derogan las fracciones I y IV del artículo 59 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado.
Fuente: http://www.cddiputados.gob.mx/comunicado.php?id=2589
Recordando…
Hace relativamente poco tiempo, el síndico municipal expresó su preocupación, por el bloqueo que le hace el tesorero municipal, para que no revise los informes financieros.
Al quejarse, la presidenta municipal, Nancy Gómez, le despidió a su personal de confianza