• Presuntamente privó de la vida a una mujer con un arma blanca, tras esperarla cuando regresaba a su casa
• Se habría escondido en San Vicente Chicoloapan, Estado de México
Pedro Jovani “N” fue puesto a disposición de un juez de control luego de que la Fiscalía Especializada para la Investigación y Persecución del Delito de Feminicidio cumplimentó una orden de aprehensión en su contra al ser considerado probable responsable del deceso de una mujer con quien tuvo una relación sentimental.
Las indagatorias de campo y gabinete integradas por la fiscalía especializada acreditaron ante la autoridad judicial que dicho sujeto, la noche del 26 de mayo del 2024, atacó y privó de la vida a la mujer con un arma blanca, presuntamente tras esperarla a unas calles cuando regresaba a su domicilio en el municipio de Cuautla.
Al aplicarse el Protocolo de Actuación con Perspectiva de Género para el delito de Feminicidio, dicha fiscalía solicitó ante la autoridad judicial competente una orden de aprehensión ejecutada este miércoles 7 de enero en el municipio de San Vicente Chicoloapan, Estado de México, en donde se escondía para evitar la acción de la justicia.
Ahí, elementos de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), en colaboración con sus homólogos del Estado de México y con apoyo de personal de la Secretaría de Marina (Marina), Defensa Nacional (Defensa), Guardia Nacional (GN), Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) México y Morelos, así como policías de Chicoloapan, cumplimentaron la aprehensión de Pedro Jovani “N”.La situación jurídica del detenido será resuelta en las próximas horas por un juez de control.
La Fiscalía General del Estado (FGE) de Morelos reitera su compromiso en actuar con estricto apego a los lineamientos del Protocolo de Actuación del Delito de Feminicidio con Perspectiva de Género, Enfoque Interseccional y respeto a los Derechos Humanos, para garantizar justicia a las mujeres víctimas de dicho delito.Las personas son citadas en este comunicado de acuerdo a lo marcado por el artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que dice: “Toda persona se presume inocente y será tratada como tal en todas las etapas del procedimiento, mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el Órgano jurisdiccional”.









