El 18 de febrero de 2021, el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones resolvió el Amparo en Revisión 308/2019 desechando los argumentos del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y ordenando a dicho órgano autónomo emitir Lineamientos para proteger la neutralidad de la red.
La decisión sucede después de que la Jueza Segunda de Distrito Especializada en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones resolvió, el 14 de agosto de 2019, el juicio de amparo 32/2019, impulsado por R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales y OBSERVACOM. La jueza concedió a R3D, como quejosa con interés legítimo, el amparo que reconocía la obligación del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) de emitir los lineamientos para proteger la neutralidad de la red. Sin embargo, dado que la jueza no estableció una fecha límite para la emisión de los lineamientos, tanto R3D como el IFT impugnamos la sentencia.
La neutralidad de la red, así como los lineamientos para su protección, son indispensables para garantizar que los concesionarios y autorizados para prestar el servicio de acceso a Internet no lleven a cabo prácticas de gestión de tráfico contrarias a los derechos a la libertad de expresión, al derecho a la privacidad de las personas usuarias, a la competencia, a la innovación y a la pluralidad que una Internet libre y abierta permiten.
Es importante recordar que la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LTFR) establece, en el artículo 145 que el IFT expedirá lineamientos para proteger la neutralidad de la red, a la luz de principios como la libre elección, no discriminación, privacidad y transparencia.
Sin embargo, a más de seis años de la entrada en vigor de la LFTR, el IFT no ha emitido dichos lineamientos y fue apenas hasta finales de 2019 que puso a consulta pública un anteproyecto de lineamientos que atenta contra la neutralidad de la red. Es por ello que decenas de organizaciones, colectivos y más de 150 mil personas participamos en la campaña SALVEMOS INTERNET para exigir al IFT la expedición de unos lineamientos que verdaderamente protejan la neutralidad de la red.
Durante el desarrollo del juicio, el IFT afirmó que no estaba obligado a emitir los lineamientos, pues consideró que se trataba de una facultad discrecional. No obstante, la sentencia dictada el día de hoy confirma que la emisión de los lineamientos es “una facultad de ejercicio obligatorio” por parte del Instituto y, por ende, existe una omisión regulatoria inconstitucional y violatoria de derechos como el de acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, la libertad de expresión y otros derechos humanos.
La sentencia obliga al Pleno del IFT a expedir y publicar los lineamientos a que se refiere el artículo 145 de la LFTR a más tardar al concluir el segundo trimestre del año 2021, es decir, el 30 de junio de 2021.
R3D y OBSERVACOM celebramos este histórico fallo que reconoce la omisión regulatoria del IFT y le ordena cumplir con su obligación de proteger la neutralidad de la red. De acuerdo con Luis Fernando García, director ejecutivo de R3D, esta decisión “representa un gran avance para que la protección de la neutralidad de la red en México sea una realidad y no se quede únicamente en el papel”.
Por su parte, Gustavo Gómez, Director de OBSERVACOM –quien emprendió esta lucha con R3D– destacó que, a través de la sentencia referida, la jueza pone de relieve lo imperioso de la acción regulatoria del IFT como garante de derechos fundamentales.
Por tanto, las organizaciones firmantes hacemos un llamado respetuoso al IFT para que, en cumplimiento de la sentencia definitiva dictada el día de hoy, emita los lineamientos apegándose a los estándares de derechos humanos y a la protección de un Internet libre, abierto y plural, así como en atención a la evidencia y recomendaciones aportadas durante el proceso de consulta pública por organizaciones de la sociedad civil como R3D¹.