Saludos.
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México(CODHEM), emitió recomendaciones a todos los niveles y poderes de gobierno en nuestro estado, al respecto, según “séuno noticias”, el Gobierno de Chicoloapan habría aceptado formalmente dichas recomendaciones, sin embargo, la realidad muestra que solo fue en el papel.
Son 2 recomendaciones, de las cuales se comparte extractos que no ha cumplido el Gobierno de Chicoloapan.
Recomendación General 1/2020.
La Versión completa se puede consultar en: https://www.codhem.org.mx/LocalUser/codhem.org/recomendaciones/pdf/2020/reco_gen_1_2020.pdf
Extracto dirigido a autoridades municipales.
A LAS PRESIDENTAS Y LOS PRESIDENTES MUNICIPALES CONSTITUCIONALES E INTEGRANTES DE LOS 125 AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO DE MÉXICO
PRIMERA. En coordinación con las autoridades competentes en la materia de la entidad, bajo el respeto a los derechos humanos de las personas que habitan o transiten por las demarcaciones municipales, y estrictamente en su marco de atribuciones en respuesta a la crisis epidemiológica, mantengan y fortalezcan las medidas de prevención, contención y atención a la pandemia por COVID 19, con un enfoque de protección y respeto irrestricto a los derechos humanos de todas las personas, las cuales deben evitar que se generen consecuencias negativas o afectaciones a la población, en particular, privilegiando la máxima protección de las personas o grupos en condiciones de vulnerabilidad y reforzando la concientización de las personas sobre el cumplimiento de la Jornada Nacional de Sana Distancia sin que esto implique excesos u omisiones.
SEGUNDA. Como primeros respondientes al ser el orden de gobierno más cercano a la colectividad, y en estricto apego a los principios de legalidad y seguridad jurídica, se acaten las disposiciones establecidas por las autoridades federales y estatalesde salud pública y sociales implementadas, tales como la restricción a la circulación de las personas, la suspensión de actividades no esenciales, entre ellos eventos masivos y festividades patronales, el cierre de establecimientos y comercios, así como el aislamiento o confinamiento de las personas en sus domicilios. Las y los titulares del ejecutivo municipal, integrantes del cabildo, así como defensoras y defensores municipales de derechos humanos deben realizar campañas de difusión de información verídica, dirigida a la población de sus respectivas jurisdicciones, referente a la contingencia epidemiológica por el virus COVID-19, atendiendo a las indicaciones oficiales de las autoridades federales y estatales de salud, con el objeto de evitar la violencia social debido a la circulación de información distorsionada. Las acciones implementadas deberán particularizarse y modificarse conforme a las circunstancias que se presenten en cada municipio o región del Estado de México, considerando los datos estadísticos relativos a la propagación de la COVID 19, a fin de evitar cualquier efecto adverso que pueda generarse. Esta Defensoría de habitantes considerará una trasgresión a los derechos humanos cualquier afectación que se genere a la colectividad por actos u omisiones a las obligaciones descritas en este punto recomendatorio, por lo que acreditada cualquier vulneración a los derechos y libertades de la ciudadanía por las autoridades municipales se estará en aptitud de emitir una Recomendación particular.
Al respecto, basta recordar, que la presidenta municipal ha expresado que le genera estrés el tema del COVID 19, peor eso ya casi no lo trata
En otra parte de este texto, se menciona en general…
3. Impacto al derechos al trabajo y economía
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93. Frente a las repercusiones causadas por la pandemia, se debe velar porque se preserven las fuentes de trabajo y se respeten los derechos laborales de todas las personas trabajadoras. Asimismo, se deben adoptar e impulsar medidas para mitigar el posible impacto sobre las fuentes de trabajo e ingresos de las mismas y asegurar el ingreso necesario para la subsistencia que sea acorde a la dignidad humana.
94. En razón de las medidas de aislamiento social y el impacto que esto genera en las economías personales y familiares, se deben procurar mecanismos para atender la provisión básica de alimentos y medicamentos y otras necesidades elementales a quienes no puedan ejercer sus actividades normales, como también a la población en situación de calle
…
Sobre este tema, en un vídeo, la presidenta expresó: “estamos ahorrando”, al referirse al impacto de la pandemia en Chicoloapan
En una sesión de cabildo y de manera reiterada se ha negado a realizar algún programa municipal de apoyo a los más vulnerables, en cambio prefiere hacer caridad.
Recomendación General 2/2020.
La Versión completa se puede consultar en: https://www.codhem.org.mx/LocalUser/codhem.org/recomendaciones/pdf/2020/reco_gen_02_2020.pdf
A LAS PRESIDENTAS Y PRESIDENTES MUNICIPALES CONSTITUCIONALES E INTEGRANTES DE LOS 125 MUNICIPIOS DE LA ENTIDAD
PRIMERA. Con un enfoque de respeto irrestricto, protección y garantía de los derechos humanos, en observancia a los principios de legalidad y seguridad jurídica, y frente a la situación de máxima alerta sanitaria por la propagación del virus COVID-19 en la cual es fundamental privilegiar la salud y la vida de las personas como interés superior; al constituir los gobiernos municipales el contacto más cercano con la ciudadanía, éstos deberán implementar el uso obligatorio de cubrebocas en todo el territorio de sus demarcaciones, atendiendo a las indicaciones de las autoridades estatales en materia de salud, como acción complementaria para prevenir y contener la epidemia del COVID-19, ahora y ante la reanudación paulatina de las actividades económicas y sociales.
Al respecto, las autoridades municipales serán responsables de verificar que las personas que se encuentren en los espacios públicos, en establecimientos comerciales, en el transporte público, así como en los lugares que impliquen concentración de personas y sea imposible mantener la distancia mínima recomendada entre éstas, utilicen de manera indefectible el cubrebocas con el objeto de evitar los contagios, actuando bajo parámetros de proporcionalidad, necesidad y legalidad.
SEGUNDA. A efecto de prevenir transgresiones a los derechos fundamentales de la población y con motivo de la intervención, en su caso, de los cuerpos de seguridad pública y protección civil de los Ayuntamientos, previo a la aplicación de la medida de prevención consistente en el uso obligatorio de cubrebocas, la administración municipal en coordinación con las autoridades sanitarias estatales y las defensorías de derechos humanos de cada alcaldía, deberán instrumentar la capacitación cabal de las y los servidores públicos de las corporaciones policiales y de protección civil de su jurisdicción, así como a las y los funcionarios encargados de verificar el cumplimiento de la medida preventiva descrita, a fin de que en el desempeño de sus funciones y en el marco de las acciones aplicadas para contener la emergencia epidemiológica se conduzcan con puntual respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales con apego al marco normativo que regula su actuación.
TERCERA. Las y los titulares del ejecutivo municipal, por conducto de las defensorías de derechos humanos y las unidades administrativas correspondientes, deberán realizar campañas de difusión de información, a efecto de comunicar a la población el uso obligatorio y correcto de cubrebocas en los espacios públicos, establecimientos comerciales y el transporte público, así como en los lugares que impliquen concentración de personas en los cuales se dificulte mantener la distancia mínima recomendada entre éstas, con la finalidad de exhortar y concientizar a la colectividad sobre la responsabilidad social en la prevención y contención de la COVID-19, que involucra, desde luego, la participación sensata y razonada de todas las personas
Sobre el uso de cubrebocas al inicio de la pandemia, fue tema de risa entre la presidenta y regidores, cuando un regidor uso cubrebocas.
Fuente:
https://www.codhem.org.mx/LocalUser/codhem.org/recomendaciones/pdf/2020/reco_gen_1_2020.pdf
https://www.codhem.org.mx/LocalUser/codhem.org/recomendaciones/pdf/2020/reco_gen_02_2020.pdf
https://www.codhem.org.mx/LocalUser/codhem.org/htm/recomendaciones20.asp
Ojalá que esta recomendación incida en que el Gobierno de Chicoloapan tome con seriedad la pandemia, por el bien de los ciudadanos.
Las acciones pendientes:
- Verificar que el transporte publico no vaya violando la capacidad máxima
- Verificar que negocios habiliten medidas sanitarias
- Verificar que tianguistas se instales con medidas sanitarias
- Amplia difusión y eficiente de las medidas y recomendaciones que toman las autoridades locales ante la pandemia
En tu percepción, autoridades de #Chicoloapan, transportistas, tianguis, negocios y ciudadanos han mejorado sus medidas sanitarias o las han relajado?
— Portal de (@chicoloapan) July 28, 2020