R3D alerta. Senador Monreal promueve un mecanismo de censura digital, también sancionarán con hasta 10 años de cárcel por reparar, modificar o alterar dispositivos.

Saludos.

La Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) alerta sobre iniciativas impulsadas por el senador de MORENA Ricardo Monreal que buscaría promover un mecanismo de censura digital, mientras que por otra parte, sancionarían con hasta 10 años de cárcel por reparar, modificar o alterar dispositivos.

Los detalles a continuación:

monreal tmec

Promueve un mecanismo de censura digital

La reforma a la LFDA pretende establecer un mecanismo privado de censura conocido como notificación y retirada, previsto por las leyes de EE.UU. Si una persona alega que un contenido o publicación viola sus derechos de autor, los proveedores de servicios de Internet deberán removerlo, sin necesidad de aportar pruebas sobre la infracción y sin la orden de una autoridad judicial.

México no está obligado a implementar este mecanismo, ya que el T-MEC reconoce que las adecuaciones deben respetar las disposiciones constitucionales vigentes. La notificación y retirada es violatoria del derecho a la libertad de expresión, consagrado en los artículos 6 y 7 de la Constitución.

 

Penas de cárcel por reparar, modificar o alterar dispositivos

Las reformas contemplan sanciones de hasta 10 años de cárcel por eludir medidas tecnológicas de protección. Estas medidas, también llamadas candados digitales, son impuestas por fabricantes de hardware y software para impedir el acceso, copia o modificación de información contenida en un dispositivo o sistema.

Sin embargo, estos candados obstaculizan el derecho de las personas a reparar sus propios dispositivos, modificarlos a sus necesidades, utilizar piezas o consumibles de marcas diferentes o estudiarlos para detectar sus vulnerabilidades. Incluso limita la posibilidad de usar fragmentos de obras extraídas de un soporte adquirido legalmente, como hacer una captura de pantalla o digitalizar un libro o vídeo. Cualquiera de esas actividades te podría acarrear multas millonarias o mandarte a prisión.

México no está obligado a implementar este mecanismo, ya que el T-MEC reconoce que las adecuaciones deben respetar las disposiciones constitucionales vigentes. La notificación y retirada es violatoria del derecho a la libertad de expresión, consagrado en los artículos 6 y 7 de la Constitución.

Más información en: https://r3d.mx/tmec/


#NiCensuraNiCandados: Reformas para implementar el TMEC pretenden establecer mecanismos de censura y criminalizar la elusión de candados digitales.

Recientemente, el Presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Senadores, Ricardo Monreal, anunció que en los próximos días buscará la aprobación de diversas reformas derivadas de la implementación del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (TMEC). Estas modificaciones incluyen reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor y al Código Penal Federal, que pretenden implementar algunas disposiciones del Capítulo de Propiedad Intelectual del TMEC que representan una amenaza grave a los derechos humanos, como a continuación se profundiza:

Censura digital

La iniciativa de reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor pretende establecer (artículos 114 septies y octies) un mecanismo privado de censura en Internet conocido como “notificación y retirada”, el cual obliga a los proveedores de servicios de Internet a remover cualquier publicación o contenido de sus usuarios cuando una persona alegue que se violan sus derechos de autor, sin necesidad de aportar prueba alguna de dicha infracción y sin que una autoridad judicial lo ordene tras un juicio que respete las garantías del debido proceso.

Al permitir que cualquier particular censure expresiones en línea, sin que siquiera deba seguirse un proceso legal para determinar si la expresión efectivamente constituye una infracción a derechos de autor, se establece un mecanismo de censura claramente violatorio del derecho a la libertad de expresión consagrado en los artículos 6 y 7 de la Constitución y en tratados internacionales, como el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos¹.

Este tipo de obstáculos al libre flujo informativo son regresivos, innecesarios y desproporcionados desde una perspectiva integral de los derechos humanos, dado que cualquier restricción a la libertad de expresión no solo debe estar contenida de manera clara y precisa en una ley, sino que también debe ser necesaria en una sociedad democrática para el logro de los fines que se buscan, y estrictamente proporcional e idónea a la finalidad perseguida².

El mecanismo de “notificación y retirada” previsto en la iniciativa ha sido utilizado para remover contenidos e información de interés público atentando contra el derecho a la libertad de expresión de quien publica la información, así como el de derecho de las personas a conocer sobre hechos relevantes en una sociedad democrática³.

México, además de estar imposibilitado constitucionalmente para adoptar este mecanismo, tampoco está obligado por el TMEC para implementarlo, de conformidad con lo establecido en el propio Capítulo 20 del TMEC, en la nota al pie 119⁴, en la que se reconoce que cualquier mecanismo debe hacerse de conformidad con las disposiciones constitucionales vigentes en el país.

Criminalización por elusión de candados digitales

La iniciativa de reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor y al Código Penal Federal también contempla severas sanciones –de hasta 10 años de prisión– por eludir “medidas tecnológicas de protección”.

Las medidas tecnológicas de protección son, en esencia, candados digitales impuestos por fabricantes o desarrolladores de hardware y software que pretenden impedir el acceso o copia de la información contenida en dichos equipos y sistemas, con el (supuesto) objetivo de impedir infracciones a sus derechos de autor.

Sin embargo, los candados digitales que un sinfín de dispositivos y sistemas poseen actualmente no solo impiden potenciales infracciones a derechos de autor, también obstaculizan el ejercicio de derechos y el desarrollo de actividades que benefician al interés público y requieren eludir dichas limitaciones para ser llevadas a cabo. Por ejemplo:

  • Investigadores de seguridad necesitan eludir candados digitales para poder detectar vulnerabilidades de seguridad cuya reparación beneficia la seguridad de millones de personas;
  • Pacientes, investigadores y médicos necesitan eludir candados digitales para conocer, fabricar, mejorar o reparar dispositivos fundamentales para el cuidado de la salud como marcapasos o respiradores mecánicos;
  • Personas con discapacidad resultan excluidas de algunos de sus derechos a menos que se puedan eludir candados digitales con fines de accesibilidad, como puede ser el caso de algunos libros electrónicos;
  • Pequeños negocios independientes de reparación de aparatos de todo tipo crecientemente necesitan eludir candados digitales para poder ofrecer sus servicios, fomentar la competencia y evitar monopolios de refacción por parte de los fabricantes;
  • Consumidores, agricultores, y otros usuarios de tecnología dependen de la elusión de candados digitales para poder reparar sus automóviles, tractores, computadoras, impresoras, teléfonos y cualquier dispositivo de su propiedad, por sí mismos o mediante negocios que puedan ofrecer dichos servicios competitivamente;
  • Usuarios de tecnología y tecnólogos necesitan eludir candados digitales para desarrollar y consumir tecnología que garantice compatibilidad e interoperabilidad, con fines de innovación, preservación o para evitar la obsolescencia programada.
  • Usuarios de tecnología y tecnólogos necesitan eludir candados digitales para conocer el funcionamiento de los aparatos y sistemas de su propiedad y poder inhabilitar la recolección de sus datos personales;
  • Creadores, artistas y periodistas necesitan eludir candados digitales para extraer fragmentos de obras protegidas por derechos de autor para la crítica, la parodia, la educación, la difusión de noticias, el trabajo documental y la producción de obras transformativas;
  • Periodistas, académicos e investigadores de datos necesitan eludir candados digitales para acceder eficientemente y procesar bases de datos con información de interés público;
  • Personas en general necesitan eludir candados digitales para ejercer su derecho a usar obras, sin autorización o remuneración de los titulares de derechos de autor, de conformidad con las excepciones y limitaciones a los derechos de autor reconocidas por la ley, tales como realizar una copia privada de obras adquiridas legalmente.

Si bien las iniciativas presentadas contemplan algunas excepciones, persisten deficiencias, imprecisiones y omisiones que amenazan e inhiben el ejercicio de derechos. Sin excepciones robustas y amplias a la prohibición de la elusión de candados digitales, se ponen en riesgo la seguridad, la privacidad, la libertad de expresión, el derecho a participar en la vida cultural, la economía y muchos otros derechos.

En Estados Unidos ya se reconocen, a través de decisiones del Bibliotecario del Congreso⁵, un número muy amplio de excepciones a la elusión de medidas tecnológicas de protección que no estarían siendo contempladas por México, poniendo al país en una posición de franca desventaja frente a sus socios comerciales. Como mínimo, es indispensable que dichas excepciones sean incorporadas a la Ley y no se deje a decisiones futuras del IMPI, con efectos limitados, la labor de subsanar las deficiencias de las reformas propuestas.

Proceso de discusión apresurado y excluyente

Según ha hecho público el Senador Ricardo Monreal, estas reformas están siendo discutidas por el Senado con el Consejo Coordinador Empresarial, sin que se haya permitido, hasta ahora, la participación de organizaciones de la sociedad civil o de otros grupos que ser verían severamente afectados por estas disposiciones. Las organizaciones firmantes denunciamos la exclusión de la sociedad civil y exigimos un proceso abierto, plural y participativo que permita procesar la implementación del TMEC con estricto apego a la Constitución y a las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos que posee el Estado Mexicano.

Para ello, es indispensable evitar la innecesaria prisa con la que están siendo procesadas estas reformas en medio de una emergencia sanitaria. México cuenta con hasta tres años a partir de la entrada en vigor del TMEC para implementar algunas disposiciones –como las relacionadas con los proveedores de servicios en Internet– y dicho plazo recién iniciaría el 1 de julio de 2020.

En virtud de lo anterior, las organizaciones que suscribimos este comunicado:

  1. Exigimos al Senado de la República que los grupos de trabajo para discutir la implementación del TMEC sean incluyentes y plurales e incluyan a representantes de la sociedad civil.
  2. Solicitamos que no se incluyan en el periodo extraordinario que será convocado la discusión y aprobación de las reformas en materia de derechos de autor hasta que no se lleve a cabo un proceso de parlamento abierto plural y diverso con participación de la sociedad civil, no solo de la industria como ha sido hasta ahora.
  3. Se eliminen los mecanismos de censura contemplados en la iniciativa de reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor que violan la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos.
  4. Se subsanen deficiencias e incorporen excepciones robustas y amplias a la prohibición de la elusión de medidas tecnológicas de protección, de manera que se proteja al interés público y los derechos humanos.

R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales
Creative Commons México
SocialTIC
ARTICLE 19 Oficina para México y Centroamérica
Wikimedia México
Redes por la Diversidad, Equidad y Sustentabilidad A.C.

Fuente: https://r3d.mx/2020/06/17/nicensuranicandados-reformas-para-implementar-el-tmec-pretenden-establecer-mecanismos-de-censura-y-criminalizar-la-elusion-de-candados-digitales/

 


Sobre esta actividad, el senado emitió un boletín:

La Junta de Coordinación Política del Senado de la República, que preside el senador Ricardo Monreal Ávila, acordó que en el Periodo Extraordinario de Sesiones se traten únicamente los temas relacionados con el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el cual entra en vigor el 1° de julio.

Durante una reunión presencial de dicho organismo, la cual se realizó con las medidas sanitarias pertinentes, su presidente señaló quela armonización del marco jurídico del T-MEC es un tema fundamental para la vida económica del país, por lo que resulta fundamental su discusión y aprobación.

Debido a esto, pidió buscar un mejor momento para discutir y analizar las propuestas e iniciativas que no tengan que ver con el tema. “Consideramos que es la prioridad del país frente la inminente puesta en marcha del T-MEC”, sentenció.

Apuntó que se discutirán las propuestas para crear una nueva Lel de Propiedad Industrial; la nueva Ley de Infraestructura de Calidad; algunas reformas al Código Penal Federal; la reforma a la Ley Federal de Derecho de Autor; la reforma a la Ley Federal de Variedades Vegetales; y la Ley de Impuestos Generales de Importación y Exportación. Además de un instrumento en materia de cooperación ambiental.

El coordinador de la mayoría legislativa reconoció la actitud de todas las fracciones parlamentarias por su apertura a realizar un Periodo Extraordinario y por reconocer que el país está por encima de cualquier circunstancia personal. “Es una buena noticia para México”, apuntó.

Celebró que, aunque muchos creían que no se lograrían los consensos para celebrar el Extraordinario, ahora están dando pasos firmes para hacerlo. Además, agradeció a los presidentes de las Comisiones dictaminadoras por su labor en la construcción del perfeccionamiento jurídico.

La presidenta de la Mesa Directiva, Mónica Fernández Balboa, explicó que la convocatoria que se emitirá para el periodo extraordinario será con los temas que acuerde la Junta de Coordinación Política.

Asimismo, anunció que el formato para el desarrollo de la sesión buscará que se compacten muchos de los procesos, con el objetivo de que “no sea mucho tiempo que estemos en el recinto”.

La legisladora indicó que, debido a la actual emergencia sanitaria, en esta ocasión no habrá sesión de Congreso General. Ahora, cada Cámara podrá iniciar su periodo extraordinario a partir del lunes, agregó.

Fuente: http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/48480-extraordinario-solo-para-armonizar-t-mec-ricardo-monreal.html

Deja un comentario

Cartelera Chicoloapan
Chicoloapan entre los municipios con mayor crecimiento en número de accidentes de motocicleta
Chicoloapan entre los municipios con mayor crecimiento en número de accidentes de motocicleta
Feria de Empleo en Chicoloapan 14 de Noviembre
Feria de Empleo en Chicoloapan 14 de Noviembre
previous arrow
next arrow